Es imprescindible tener la cédula de habitabilidad para poder darse de alta de los servicios, entre otros, de agua, electricidad y gas. Las compañías suministradoras de los servicios de agua, gas y electricidad no pueden hacer el suministro definitivo a las viviendas si éstas no disponen de cédula de habitabilidad.
También es imprescindible para alquilar y vender una vivienda con finalidad de ocupación.
Además, los promotores de viviendas nuevas o procedentes de gran rehabilitación, o que hayan sufrido modificaciones en la superficie que alteran las condiciones objetivas de habitabilidad han de obtener la correspondiente cédula de habitabilidad.
La cédula de habitabilidad caduca a los 15 años de ser atorgada. Transcurrido este plazo es obligado solicitar una de nueva.